SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1237/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1237/2011-R

Fecha: 13-Sep-2011

a causa de un mandamiento de condena

         Por lo afirmado, se constata que los dos presupuestos que deben concurrir simultáneamente para denunciar la vulneración al debido proceso mediante la acción de libertad, se encuentran ausentes en la presente problemática, pues el mandamiento de condena -como se dijo- no se puede considerar como un acto que vulnere directamente su derecho a la libertad, siendo aplicable el alcance de la interpretación de la jurisprudencia citada en el Fundamento Jurídico III.2 de la presente Sentencia; un entendimiento contrario, determinaría que los jueces y tribunales de garantías y el propio Tribunal Constitucional, asuman una atribución que el orden constitucional no les otorga, posibilitando que toda denuncia por supuestas lesiones al debido proceso por quien se encuentre privado de libertad a causa de un mandamiento de condena, prospere a través de la acción de libertad, desnaturalizando la actuación de los jueces y tribunales ordinarios, que son los que tienen competencia, primariamente, para ejercer el control del proceso, y sólo si la infracción no es reparada se abre indudablemente la tutela constitucional.