SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1237/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1237/2011-R

Fecha: 13-Sep-2011

tenía conocimiento de la ejecutoria de la Sentencia

Por su parte, la SC 2276/2010-R de 19 de noviembre, entre otras, señaló que:“La acción de libertad, tiene claramente definido su alcance en el art. 125 de la CPE, al señalar que esta acción será procedente cuando se establezca que la persona se encuentra ilegal o indebidamente procesada, al respecto la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, precisó el alcance del procesamiento ilegal o indebido al manifestar que la vulneración al debido proceso a través de la acción de Libertad, sólo podrá ser tutelable, cuando el accionante demuestre que el procesamiento ilegal o indebido, es la causa directa o principal para la restricción de su derecho a la libertad física o de locomoción; o que, a consecuencia de ello se lo puso en estado de indefensión absoluta; es decir, que no pudo hacer uso de ningún medio de defensa. En el caso en análisis, el representado de la accionante, a momento de ser detenido, se encontraba con Sentencia condenatoria que fue confirmada en la vía de apelación y casación, es más, el Auto Supremo 097 de 24 de marzo de 2008, le fue notificado legalmente a su apoderado en la ciudad de Sucre, el 5 de abril del citado año; en consecuencia, tenía conocimiento de la ejecutoria de la Sentencia, por cuanto, no puede alegar vulneración al debido proceso como causa principal para la ejecución del mandamiento de condena y consiguiente detención para el cumplimiento de su condena (las negrillas son nuestras).