Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1242/2011-R
Fecha: 16-Sep-2011
II.2.
II.2. El Juez de Partido del Trabajo y Seguridad Social de Yacuiba, emitió Sentencia el 21 de mayo de 2009, por la cual declaró probada en parte la demanda laboral, estableciendo la suma de Bs122 292.-(ciento veintidós mil doscientos noventa y dos bolivianos) que la empresa PETROSUR S.R.L debe cancelar a favor de Luis Nery Arce Narvaez (fs. 160 a 165), bajo conminatoria de disponerse su apremio en caso de incumplimiento.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- i)
- 1)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- se debe considerar también que cuando quien recurre de hábeas corpus, acciona en forma paralela un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico, aún en el supuesto de que dicho medio o recurso no sea el más idóneo, eficaz o inmediato, es lógico suponer que tampoco procede esta acción tutelar en aplicación de la excepción de subsidiariedad, ello debido a que el recurrente, actual accionante, no puede activar dos jurisdicciones en forma simultánea para efectuar sus reclamos
- Fragmento 17
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR