Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1324/2011-R
Fecha: 26-Sep-2011
a)
La autoridad demandada, Juez de Instrucción Mixto, Liquidador y cautelar de Coro Coro en suplencia legal de su similar de Achacachi, en audiencia informó que: a) Es un proceso antiguo y que está siendo dilatado por la defensa técnica con una serie de incidentes y recursos que no son sustentados; b) La primera recusación fue resulta con el rechazo in limine, por efecto de ello ha proseguido con el conocimiento de la causa; c) Volvió a presentar una segunda recusación, que no ha sido considerada, porque no fue puesta a su conocimiento por las recargadas labores; y, d) En consecuencia continuó aplicando el procedimiento a la solicitud de modificación de medidas cautelares.
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.1. Ampliación de la acción
- a)
- improcedente
- I.3.Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- III.2. En cuanto a la extinción de la acción penal en la etapa preparatoria
- Fragmento 18
- III.3. Respecto a la denuncia de no haberse tramitado y resuelto el recurso de recusación planteado contra la autoridad de control jurisdiccional
- Fragmento 20
- III.4. De la problemática denunciada
- APROBAR