SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1359/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1359/2011-R

Fecha: 30-Sep-2011

III.2. Fundamentos de la pretensión de la accionante, en relación a la naturaleza jurídica de la acción de libertad y los alcances de su tutela

Circunscrita la supuesta arbitraria e indebida persecución de Ángel Chambi Romero, Elonia Chambi Machaca y Agripina Chambi Machaca de Apaza, en su errónea notificación con la imputación formal y el señalamiento de la audiencia de aplicación de medidas cautelares, -diligencia que no se practicó personalmente a los imputados, sino en su domicilio procesal- y concluyó en la emisión de un mandamiento de aprehensión en su contra; agregándose que este error procesal fue reiterado, no obstante que los representados de la accionante se apersonaron voluntariamente al proceso, solicitando un nuevo señalamiento de audiencia y se deje sin efecto los referidos mandamientos, este petitorio mereció un pronunciamiento positivo de la autoridad demandada, pero no sujetó el procedimiento para su comunicación conforme establece el art. 163 del CPP, al practicarse la notificación de los agraviados en el tablero judicial y no de modo personal. Al respecto y dadas las circunstancias del caso concreto, corresponde verificar la concurrencia de los presupuestos que admitan tutelar el derecho a la libertad invocado, considerando la supuesta transgresión de la garantía del debido proceso descrita en líneas precedentes.