SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1379/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1379/2011-R

Fecha: 30-Sep-2011

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante denuncia que se vulneró su derecho al debido proceso, puesto que dentro del proceso ejecutivo seguido por Consuelo Talamas Lit contra Mary Luz La Fuente, se adjudicó el inmueble subastado en la base de su valor catastral, para cuyo fin canceló el 20% antes de la audiencia, y en el día el restante  80%, solicitando la aprobación del remate; empero, su memorial no ingresó sino luego de dos días, dando lugar a que la parte ejecutante presente incidente de nulidad de obrados, por lo que el Juez de la causa, amparándose en el mismo, no resolvió su solicitud, señalando que primero se debía resolver el incidente. Posteriormente, la ejecutante presentó desistimiento, que fue aceptado por el Juez de la causa mediante Resolución de 11 de noviembre de 2008, pese a ser posterior a su solicitud de aprobación del remate, disponiendo el endoso de los depósitos realizados, dejando sin efecto las medias precautorias adoptadas y ordenando el archivo de obrados, y por consiguiente, sin efecto legal el remate; situación ante la cual apeló, dictando los Vocales codemandados, Auto de Vista 184 de 8 de mayo de 2009, confirmando la Resolución apelada. Por consiguiente, corresponde en revisión dilucidar si tales extremos son evidentes, a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.