Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1614/2012
Fecha: 01-Oct-2012
II.3.
II.3. El Juez Primero de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de Santa Cruz, mediante oficio 469/2009 de 14 de julio, comunico a su similar Tercero que dentro del juicio sobre concurso de acreedores promovido por Miriam Roxana Aguilera de Gonzáles contra Jhonny Frank Melgar Castedo, por Auto de 15 de julio del mismo año, ordenó la remisión ante su despacho de la acción ejecutiva y/o coactiva civil que existiera contra el concursado Jhonny Frank Melgar Castedo (fs. 19), por lo que, en cumplimiento a lo solicitado, mediante providencia de 16 de julio de 2009 el Juez Tercero de Partido en lo Civil y Comercial dispuso la remisión del expediente a su similar Primero (fs. 19 vta.).
- la acción de amparo constitucional
- a) Antecedentes del caso
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.12.
- II.14
- objeto
- III.1. La acción de amparo constitucional. Su configuración constitucional
- III.2.1. El debido proceso
- III.2.2. El debido proceso como garantía jurisdiccional
- III.2.3. En cuanto a la propiedad privada
- III.3. La legitimación activa en los procesos de ejecución dentro la jurisdicción ordinaria
- III.
- salvo situaciones provocadas por actos voluntarios
- III.6. Análisis del caso concreto
- salvo que se hubiere provocado indefensión
- revocatorio total o parcial sin costas
- APROBAR