SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1696/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1696/2012

Fecha: 01-Oct-2012

I.2.3. Intervención de los terceros interesados

El abogado de Napoleón Isidoro Olivera Villarroel y Janneth Virginia Balderrama de Olivera, terceros interesados manifestó que: la parte accionante hace mención a que existe una dilación del proceso como consecuencia de errores atribuibles al aparato judicial y el Ministerio Público, no es menos cierto que estos errores puedan ser convalidados por un Tribunal de alzada; los errores a los que hace referencia son plasmados en la acción de amparo constitucional, lo cual constituye una vulneración al debido proceso, la celeridad jurídica y protección constitucional de la infancia, que deben ser considerados al momento de decidir sobre los derechos de la víctima que esa época tenia trece años, hecho en el que intervieron cinco sujetos, asiendo público por internet, motivo por el cual, solicitó se declare “infundado” la acción de amparo constitucional.