SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1793/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1793/2012

Fecha: 01-Oct-2012

denegó

La Sala Penal de la Corte Superior de Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Chuquisaca, constituido en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 51/11 de 9 febrero de 2011, cursante de fs. 119 a 123, la misma que denegó la tutela, bajo el siguiente fundamento: Lo que reclamaron  como vulneratorio de derechos no fueron previamente reclamados, en instancias anteriores, pues la ahora representada, tuvo oportuno conocimiento de los cargos o faltas que se le atribuyeron desde el informe final de acusación, hasta que se pronunció la Sentencia de primera instancia, en todo el periodo probatorio, “pudo poner en evidencia lo que ahora se extraña a fin de que el Tribunal tenga también la oportunidad de pronunciarse” (sic), aspectos éstos que tampoco los puso a conocimiento del Tribunal de apelación, ante cuya instancia lo que argumentó fue más bien cuestionar que la Gerencia del Régimen Disciplinario y la conformación del Tribunal Sumariante, no se hallan respaldados legalmente, lo que constituiría vulneración al art. 14 de la CPE. Por lo que al no haber reclamado lo extrañado ante el Tribunal de apelación, como medio de defensa que hace al debido proceso, esa instancia tampoco tuvo la oportunidad de pronunciarse sobre el particular por lo que no cumpliría con el principio de subsidiariedad, previsto en el art. 129.I parte in fine de la CPE.