Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1797/2012
Fecha: 01-Oct-2012
Fragmento 19
Al respecto, conforme a la amplia jurisprudencia sentada por el Tribunal Constitucional, la acción de amparo constitucional es una garantía jurisdiccional extraordinaria que protege los derechos y garantías constitucionales consagrados por la Constitución Política del Estado, cuando éstos sean restringidos, suprimidos y/o amenazados de restricción y supresión por particulares o servidores públicos, tal cual lo establece el art. 128 de la CPE.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- al constituirse en un mecanismo constitucional inmediato de carácter preventivo y reparador destinado a lograr la vigencia y respeto de los derechos fundamentales y garantías constitucionales,
- III.2. Respecto a las medidas de hecho
- III.3. Análisis del caso concreto
- la interposición del recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad dentro de la acción de amparo constitucional, es inviable no sólo porque desvirtuaría la naturaleza jurídica de la acción de amparo sino también por afectar a su carácter sumarísimo y el principio de tutela judicial efectiva,
- CONFIRMAR