Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1797/2012
Fecha: 01-Oct-2012
II.8.
II.8. María Del Rosario Sánchez Herbas realizó una declaración jurada voluntaria ante Miguel Angel Felipez Merubia, Notario de Fe Pública, manifestando que es propietaria del inmueble registrado en Derechos Reales (DD.RR.) a fs. 2042/98, indicando además que entregó el departamento del fondo de dicho inmueble ubicado en la Av. Simón López 466 a mediados del mes de junio de 2009 a su hermana Teresa Vilma Sánchez Herbas para que pueda vivir en el mismo con sus hijos, señalando que la parte delantera del citado inmueble se encontraría en proceso de desalojo con Cynthia Sue Johnson (fs. 47 y vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- al constituirse en un mecanismo constitucional inmediato de carácter preventivo y reparador destinado a lograr la vigencia y respeto de los derechos fundamentales y garantías constitucionales,
- III.2. Respecto a las medidas de hecho
- III.3. Análisis del caso concreto
- la interposición del recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad dentro de la acción de amparo constitucional, es inviable no sólo porque desvirtuaría la naturaleza jurídica de la acción de amparo sino también por afectar a su carácter sumarísimo y el principio de tutela judicial efectiva,
- CONFIRMAR