SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1803/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1803/2012

Fecha: 01-Oct-2012

II.4.

II.4.   De fs. 25 a 28 vta., el accionante planteó recurso jerárquico ante el Gerente de Recursos Humanos del entonces Consejo de la Judicatura, solicitando se deje sin efecto el agradecimiento de servicios disponiendo su inmediata reincorporación a su fuente de trabajo, la promoción fáctica del cargo y la restitución del pago de sus haberes devengados; mediante notas de 3 de mayo de 2010, cursantes de fs. 30 a 33, el accionante hacer conocer a los hasta ese momento Concejeros de la Judicatura que interpuso recurso jerárquico; mismo que mereció Resolución Administrativa (RA) 329/2010 de 23 de septiembre cursante de fs. 122 a 124, emitida por Amalia Morales Rondo, Rodolfo Mérida Rendón y Fredy Torrico Zambrana quienes confirman la nota 282/2010 por la cual agradecen los servicios del accionante; por memorial de 27 de agosto de 2010, solicitó copia legalizada de documentación, la misma que fue respondida el 21 de octubre de 2010 por Limbert Rojas Cavero, Secretario General a.i. Consejo de la Judicatura (fs. 35 a 36); por notas cursantes de fs. 52 a 54 solicitó liquidación de vacación.