SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1835/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1835/2012

Fecha: 12-Oct-2012

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante señala que los Ministros de la Corte Suprema de Justicia -ahora demandados-, vulneraron su derecho al debido proceso y los principios de legalidad y de seguridad jurídica, de la empresa TAHUAMANU S.A., debido a que mediante Auto Supremo 270 de 30 de agosto de 2010, anularon obrados del proceso contencioso tributario, hasta que la Administración Regional de Impuestos Internos La Paz, prosiga con la cobranza coactiva del adeudo tributario; sin ingresar a resolver los puntos recurridos, referentes a la inexistencia del hecho generador del impuesto, debido a que en la declaración jurada del IUE, correspondiente a los meses comprendidos entre el 1 de abril de 1995 y el 31 de marzo de 1996, se determinó pérdida de la gestión en la suma de Bs. 822.798.- y no así utilidades; además de no haber resuelto en el fondo, el doble cobro realizado sobre dicho impuesto inexistente, lo cual vulneraría el derecho al debido proceso y los principios de seguridad jurídica y de legalidad.