SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1835/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1835/2012

Fecha: 12-Oct-2012

III.5.   Análisis del caso concreto

El accionante, señala que las autoridades ahora demandadas, vulneraron el derecho debido proceso, así como los principios de legalidad y de seguridad jurídica, de la empresa TAHUAMANU S.A., al haber anulado obrados, mediante Auto Supremo 270 de 30 de agosto de 2010, con el argumento de que por disposición del art. 305 del CTb.1992, no se encontraban facultados de modificar o anular las sentencias, resoluciones administrativas pasadas en autoridad de cosa juzgada, ejecutoriadas o que causen estado, así como las declaraciones juradas presentadas por los contribuyentes; razonamiento que no es compartido por el accionante, en razón a que considera que debió haberse ingresado a analizar el fondo de su recurso, y pronunciarse sobre la inexistencia de la obligación tributaria, así como el doble cobro que se pretende realizar sobre dicha obligación inexistente.