SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1837/2012
Fecha: 12-Oct-2012
II.9.
II.9. Mediante nota de 2 de septiembre de 2010, el accionante solicita fotocopias legalizadas de las actas de reuniones de la asamblea ordinaria y/o extraordinaria de socios y acta de reuniones de directorio que se hubieren realizado desde el mes de febrero hasta la presentación del “presente memorial” (fs. 2). Al no haber obtenido respuesta, el 8 de septiembre de 2010, solicitó autorización judicial, para que se le extienda fotocopias legalizadas de la documentación solicitada (fs. 7 y vta.). Por Auto de la misma fecha, el Juez de Instrucción Mixto y Cautelar de Villamontes del Distrito Judicial -ahora departamento- de Tarija, ordenó al Presidente de la FEGACHACO remita la documentación solicitada a la Actuaria de su juzgado, en un plazo de tres días a partir de su legal notificación (fs. 8).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. El debido proceso y la motivación de las resoluciones
- III.3. Derecho a la defensa
- es el derecho que precautela a las personas para que en los procesos que se les inicia, tengan conocimiento y acceso de los actuados e impugnen los mismos con igualdad de condiciones conforme a procedimiento preestablecido y por ello mismo es inviolable por las personas o autoridad que impidan o restrinjan su ejercicio…'
- i) el derecho a ser escuchado en el proceso; ii) el derecho a presentar prueba
- a)
- ya que debe existir una denuncia
- III.5. Análisis del caso concreto
- 2º Anular