Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1840/2012
Fecha: 12-Oct-2012
II.2.
II.2. Por carta de 24 de mayo de 2010, el representado de la accionante, solicitó fotocopias legalizadas de todo el proceso de contratación del Proyecto “Mejoramiento Camino Huayco Pugio-Cruce Saladillo”, así como los informes que hubieran originado la RA RPC 172/2009. Asimismo, por carta de 9 de junio de 2010 la accionante solicitó documentación legalizada pertinente a dicho proyecto. Finalmente, en la misma fecha, por carta con CITE UC 189/2010, la Jefa de Contrataciones de la Gobernación Departamental de Chuquisaca remitió las fotocopias legalizadas solicitadas por la accionante (fs. 34, 35, 36 y 37).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- i)
- 1)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. De la inmediatez en la acción de amparo constitucional
- primero, que el término se hubiera excedido solamente en unos días
- del 10 de diciembre de 2009
- III.4. Análisis del caso concreto
- previos
- 1º REVOCAR
- 2º