Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1873/2012
Fecha: 12-Oct-2012
Fragmento 17
Otro de los componentes esenciales de la decisión del órgano jurisdiccional que se materializa en un fallo justo, es la motivación que conlleva el deber de exponer las razones o motivos que en que se sustenta y que responde a la correcta ponderación de los hechos y la aplicación de las normas legales aplicables, cuya finalidad es brindar certidumbre a los administrados que la decisión dictada es conforme a derecho.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Del recurso de casación en la forma y en el fondo
- Fragmento 15
- III.3.1. De la congruencia
- Fragmento 17
- III.3.2. De la motivación y fundamentación
- III.4. Análisis del caso en revisión
- de donde se extrae, que no cumpliendo el recurso de casación en el fondo con la previsión contenida en el art. 258 inc. 2)
- Fragmento 21