SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1873/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1873/2012

Fecha: 12-Oct-2012

III.4. Análisis del caso en revisión

En el problema jurídico planteado, la accionante solicitó se declare la nulidad del Auto Supremo 113/2012 de 16 de mayo, a efectos que se dicte uno nuevo pronunciándose sobre el fondo del recurso de casación en la forma o nulidad y sea debidamente fundamentado. En función a esa pretensión, de la revisión del recurso de casación planteado por la accionante y descrito en la Conclusión II.3 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, se tiene que dicho medio de impugnación se interpuso en el fondo y en la forma, acusando errónea valoración de hecho y de derecho de las pruebas presentadas, la infracción y violación de leyes sustantivas y adjetivas expresas; empero, en lo referente al recurso de casación en la forma, no cumplió con explicar de manera clara y concreta qué formas esenciales del proceso resultaron violadas, dado que se limitó a referir y/o enunciar algunos de los casos establecidos en el art. 254 del CPC, sin ingresar en explicación alguna, que permita al Tribunal de casación efectuar el análisis en el fondo sobre la vulneración a las formas esenciales del proceso, a efectos de invalidar la resolución impugnada por encontrarse dicha nulidad prevista en los casos fijados por la ley. Emergente de esa omisión, las autoridades demandadas estuvieron impedidas de efectuar el análisis en el fondo del recurso de casación en la forma, en el entendido que corresponde al agraviado o recurrente, expresar términos claros, concretos y precisos qué formas esenciales del proceso resultaron conculcadas en la resolución impugnada.