SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1873/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1873/2012

Fecha: 12-Oct-2012

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La accionante, denuncia la vulneración de su derecho a la tutela judicial efectiva y a la garantía del debido proceso en sus elementos motivación, fundamentación y congruencia; por cuanto, ilegalmente y sin ningún sentido lógico jurídico, el Auto Supremo que resolvió su recurso de casación, de manera incongruente, contradictoria y sin fundamento alguno, declaró su improcedencia, bajo el argumento de no haber cumplido en la forma con el art. 258 inc. 2) del CPC; empero, en forma completamente superficial y contradictoria, ingresó al fondo indicando que el Auto de Vista impugnado cumple el defecto extrañado y se hallaría dentro de los alcances del art. 236 del citado instrumento normativo, sin expresar ningún razonamiento jurídico. Por consiguiente corresponde analizar en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos lesivos a los derechos de la accionante con la finalidad de conceder o no la tutela reconocida por este medio de defensa.