SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1873/2012
Fecha: 12-Oct-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante, denuncia la vulneración de su derecho a la tutela judicial efectiva y a la garantía del debido proceso en sus elementos motivación, fundamentación y congruencia; por cuanto, ilegalmente y sin ningún sentido lógico jurídico, el Auto Supremo que resolvió su recurso de casación, de manera incongruente, contradictoria y sin fundamento alguno, declaró su improcedencia, bajo el argumento de no haber cumplido en la forma con el art. 258 inc. 2) del CPC; empero, en forma completamente superficial y contradictoria, ingresó al fondo indicando que el Auto de Vista impugnado cumple el defecto extrañado y se hallaría dentro de los alcances del art. 236 del citado instrumento normativo, sin expresar ningún razonamiento jurídico. Por consiguiente corresponde analizar en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos lesivos a los derechos de la accionante con la finalidad de conceder o no la tutela reconocida por este medio de defensa.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Del recurso de casación en la forma y en el fondo
- Fragmento 15
- III.3.1. De la congruencia
- Fragmento 17
- III.3.2. De la motivación y fundamentación
- III.4. Análisis del caso en revisión
- de donde se extrae, que no cumpliendo el recurso de casación en el fondo con la previsión contenida en el art. 258 inc. 2)
- Fragmento 21