Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1896/2012
Fecha: 12-Oct-2012
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Primera Especializada; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia y el art. 44.1 del CPCo, en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución de 3 de septiembre de 2012, cursante de fs. 289 a 296, pronunciada por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba; y, en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada, con la aclaración que no se ingresó al análisis de fondo.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- i)
- a)
- I.2.3.
- denegando
- II.3.
- II.4.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional
- 2) las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa, así:
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR