Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1896/2012
Fecha: 12-Oct-2012
II.4.
II.4. Sentencia de Maltrato 004/10 de 12 de noviembre, emitida por el Juez Segundo de Partido de la Niñez y Adolescencia, dentro el proceso de Maltrato seguido por Luis Orlando Camacho Siles contra María Cecilia Prada Rosas, que fue declarada probada en parte, declarando la suspensión de la autoridad materna y paterna de las partes en litigio, y en virtud del art. 289 del Código Niño, Niña y Adolescente (CNNA) se dispuso que los menores queden bajo la guarda y protección de la abuela materna Nolberta Rosas Vda. Pérez, por el plazo de tres meses (fs. 31 a 38).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- i)
- a)
- I.2.3.
- denegando
- II.3.
- II.4.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional
- 2) las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa, así:
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR