Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1896/2012
Fecha: 12-Oct-2012
II.8.
II.8. Memorial de 21 de marzo de 2012, presentado por María Cecilia Prada Rosas, solicitando pronunciamiento respecto a la tenencia de sus hijos, siendo providenciado, que al haberse interpuesto el recurso de apelación contra la sentencia, se concedió en el efecto suspensivo, siendo remitido el proceso original el 31 de enero de 2012 al Tribunal superior (fs. 272 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- i)
- a)
- I.2.3.
- denegando
- II.3.
- II.4.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional
- 2) las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa, así:
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR