SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1913/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1913/2012

Fecha: 12-Oct-2012

“En este sentido, se evidencia que los ahora recurrentes tomaron conocimiento de la existencia del proceso ejecutivo

Concluye la SC 1582/2003-R, señalando lo siguiente: “En este sentido, se evidencia que los ahora recurrentes tomaron conocimiento de la existencia del proceso ejecutivo (…) ejerciendo de la manera más amplia sus derechos a la defensa, debido proceso, tutela judicial efectiva, seguridad jurídica y propiedad, dado que por los antecedentes adjuntos al cuaderno procesal no se evidencia que las autoridades recurridas les hubieren provocado indefensión en ninguna etapa de la tramitación del referido proceso ejecutivo” (resaltado nuestro).

Ahora bien, en este estado de cosas, corresponde en el marco del entendimiento fundante y de los razonamientos complementarios antes desarrollados, precisar en una interpretación armónica y sistémica, los elementos esenciales de la línea jurisprudencial generada por el control de constitucionalidad en lo referente a la publicidad de procesos de ejecución en cuanto al garante hipotecario; en ese contexto, se establece lo siguiente: