SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1917/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1917/2012

Fecha: 12-Oct-2012

II.6.

II.6. De fs. 75 a 97, cursa el legajo del cuaderno de investigaciones realizado por la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC), donde se evidencia que la CPS le sigue al accionante un proceso penal por la presunta comisión del delito de hurto, conforme establece el art. 326 del Código Penal (CP). Empero en la última parte del informe evacuado por el investigador asignado al caso, de 4 de julio de 2012, se hace notar: “…hasta la presente fecha se pudo investigar y evidenciar que el señor Carlos Gil Urquieta, sí se encontraba en poder de una Caja de Micropore, pero que el mismo se descarga con documentos donde respalda su declaración y se apreciaría que sólo se estaría cometiendo una equivocación. Por lo que pongo a conocimiento de su autoridad…” (sic) (fs. 97).