SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1959/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1959/2012

Fecha: 12-Oct-2012

II.6.

II.6.    Por memorial presentado el 16 de julio de 2010, la empresa BRINK'S interpuso recurso de alzada contra el auto de 28 de junio del mismo año (fs. 119 a 121); el cual fue rechazado mediante Auto de 22 de julio del citado año, emitido por el Director Ejecutivo Regional de la Autoridad Regional de Impugnación Tributaria - Santa Cruz (fs. 122 y 123). Por lo que la indicada empresa, mediante memorial presentado el 4 de agosto del citado año, solicitó a esta última autoridad, la reconsideración y aclaración del Auto de Rechazo (fs. 124 y vta.); circunstancia por la cual, mediante decreto de 10 de agosto del mismo año, el indicado Director Ejecutivo Regional, señaló que carece de competencia para conocer y resolver conflictos en etapa de ejecución por la Administración Tributaria, además de que la aclaración solicitada, sólo se admite respecto a la resolución que resuelve el recurso de alzada o jerárquico, dentro del plazo establecido en el art. 213 del CTB (fs. 125).