Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1991/2012
Fecha: 12-Oct-2012
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución de 23 de febrero de 2011, cursante de fs. 287 a 289 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por María Adela López de Soliz en representación de Sabino Fiel Soliz y Encarnación Jordán de Fiel contra Janeth Rivas Solis, Jueza Décima de Partido en lo Civil del Distrito Judicial -ahora departamento- de Cochabamba.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- Fragmento 7
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y fines de la acción de amparo constitucional
- que cuando desaparece el objeto del recurso, por haberse superado el hecho reclamado, el recurso debe ser denegado»
- la causa petendi, determinada por la vulneración de un derecho fundamental, a través de un acto o vía de hecho
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 21
- REVOCAR