SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1991/2012
Fecha: 12-Oct-2012
II.1.
II.1. Cursa testimonio 181/2005 de 12 de mayo, escritura pública de préstamo de dinero con garantía hipotecaria de un lote de terreno, ubicado en la calle Héctor Quiroga, zona de la Chimba de la ciudad de Cochabamba, Registro de la propiedad en DD.RR. con matrícula 3.01.1.01.0012837 (fs. 16 a 18 vta.); asimismo, Sentencia de 10 de octubre de 2006, pronunciada por la Jueza primera de Instrucción en lo Civil, que dispone probada la demanda y que Luis Enrique Baldivieso en calidad de deudor y Edilfredo Quintela en calidad de garante hipotecario paguen la deuda a tercero día, bajo conminatoria de procederse con el remate de los bienes embargados y del bien dado en garantía hipotecaria (fs. 29 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- Fragmento 7
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y fines de la acción de amparo constitucional
- que cuando desaparece el objeto del recurso, por haberse superado el hecho reclamado, el recurso debe ser denegado»
- la causa petendi, determinada por la vulneración de un derecho fundamental, a través de un acto o vía de hecho
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 21
- REVOCAR