SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2061/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2061/2012

Fecha: 08-Nov-2012

concedió

Concluida la audiencia, la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, constituida en Tribunal de garantías, pronuncio la Resolución 178/12 de 12 de septiembre de 2012, cursante de fs. 155 a 159 vta., concedió la presente acción de amparo, dejando sin efecto las siguientes resoluciones: a) El Auto Interlocutorio Definitivo S 1º. L Nº 08/2012 de 14 de mayo; b) El Auto de 23 de mayo de 2012, pronunciada por la Sala Primera Liquidadora del Tribunal Agroambiental; y, c) Dispuso que estando cumplidos los requisitos inmersos en el art. 327 del CPC, en el memorial de demanda contenciosa administrativa de 5 de diciembre de 2012, interpuesta por los demandantes contra la Resolución  Suprema 6324 de 7 de septiembre de 2011; admitan dicha demanda conforme a derecho, con los siguientes fundamentos: 1) Los accionantes manifestaron que mediante Auto Interlocutorio 08/2012, los demandados dispusieron tener por no presentada la demanda contenciosa administrativa de conformidad al art. 333 del CPC, vulnerando el derecho de acceso a la justicia al que tienen los accionantes, descartando el cumplimiento de formalidades; y, 2) Los accionantes dieron cumplimiento al art. 327 del CPC, respecto a la forma en la presentación de su demanda contenciosa administrativa; empero, al haber sido rechazado, dio lugar a ser sancionado sin ser previamente oído en proceso legal y establecidos en los art. 115 y 117 de la CPE.