SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2061/2012
Fecha: 08-Nov-2012
i)
Juan Marcelo Zurita Pabón, en representación del Presidente Constitucional del Estado Plurinacional de Bolivia, tercero interesado, señaló: i) El presente caso no surgió de un proceso principal, sino se trata de una controversia sobre el ejercicio de un derecho procesal de materialización del derecho a la demanda, entendiéndose en el presente caso cualquiera fuera la decisión del Tribunal de garantías, no se afectaría ningún derecho del Servicio Nacional de Reforma Agraria, específicamente del trámite de procedimiento de saneamiento “SAN-TCO”, de donde surgió la Resolución Suprema emitida por su mandante, el cual no se vería afectado; y, ii) La acción de amparo versa sobre la decisión en el marco procesal de la Sala Liquidadora del Tribunal Agroambiental, decisión que debe establecer si se vulneró o no los derechos invocados por la parte accionante, por lo que solicitó se tenga presente los argumentos expuestos.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la acción de amparo constitucional
- III.2. Sobre el debido proceso
- III.3
- III.4. Sobre el derecho de petición
- III.5. Sobre el derecho de acceso a la justicia
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- III.7.Análisis del caso concreto
- presupone la existencia de escasas formalidades con la finalidad que las personas lleguen efectivamente al sistema judicial, debido a que las ritualidades le quiten eficacia a los derechos y garantías reconocidas por las normas contenidas en el bloque de constitucionalidad.
- CONFIRMAR en parte