SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2061/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2061/2012

Fecha: 08-Nov-2012

Fragmento 17

             Lo establecido en la norma procesal referida, no significa que existen métodos consagrados para la redacción de la demanda, sino que para su aceptación que estén cumplidas los requisitos exigidos en la ley, porque las exigencias indicadas no tiene otro objeto que clarificar las pretensiones del actor, para que sobre esa base se preparen los elementos del juicio para la instrucción del proceso.