Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2061/2012
Fecha: 08-Nov-2012
II.1
II.1. El 5 de diciembre de 2011, Rolando Tapia Morales, en representación de Julio César Arteaga Carrizales y Félix Gustavo Arteaga Carrizales, presentó demanda contenciosa administrativa, contra la Resolución Suprema 06324 de 7 de septiembre de 2011, en calidad de subadquirentes del predio rural “Los Pioneros” de su titular inicial Mario Llanos Urzagaste, impetrando se declare probado el recurso contencioso administrativo y anule el proceso de saneamiento en su modalidad de “SAN-TCO”, hasta la fase de relevamiento de información de campo. (fs. 2 a 8).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la acción de amparo constitucional
- III.2. Sobre el debido proceso
- III.3
- III.4. Sobre el derecho de petición
- III.5. Sobre el derecho de acceso a la justicia
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- III.7.Análisis del caso concreto
- presupone la existencia de escasas formalidades con la finalidad que las personas lleguen efectivamente al sistema judicial, debido a que las ritualidades le quiten eficacia a los derechos y garantías reconocidas por las normas contenidas en el bloque de constitucionalidad.
- CONFIRMAR en parte