Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2061/2012
Fecha: 08-Nov-2012
II.3.
II.3. El 23 de mayo de 2012, mediante Auto la Sala Primera Liquidadora del Tribunal Agroambiental, confirmó el Auto Interlocutorio Definitivo 08/2012, en atención a lo dispuesto por los arts. 215, 216.I y 217.1 del CPC., ya que la causal de la emisión del Auto Interlocutorio Definitivo recurrido, obedece al incumplimiento de requisitos para la admisión de la demanda. (fs. 9 a 10).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la acción de amparo constitucional
- III.2. Sobre el debido proceso
- III.3
- III.4. Sobre el derecho de petición
- III.5. Sobre el derecho de acceso a la justicia
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- III.7.Análisis del caso concreto
- presupone la existencia de escasas formalidades con la finalidad que las personas lleguen efectivamente al sistema judicial, debido a que las ritualidades le quiten eficacia a los derechos y garantías reconocidas por las normas contenidas en el bloque de constitucionalidad.
- CONFIRMAR en parte