SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2121/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2121/2012

Fecha: 08-Nov-2012

I.1.1

Señaló que el 13 de mayo de 2011, fue aprehendido por la presunta comisión del delito de violación, habiéndolo imputado el Fiscal codemandado, por el aparente ilícito a menor de edad, sin tener elementos de convicción, además de remitirlo al Juzgado Segundo de Instrucción en lo Penal, cuando debía remitirlo a Juzgados de Partido de la Niñez y Adolescencia, que son competentes por su “edad de minoridad” (sic).

El 15 del mismo mes y año, la Jueza de Instrucción cautelar, Julia Parra Condori, suspendió la audiencia por no estar presente el abogado de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia, fijando otra para el lunes a horas 15:00, audiencia en la cual se percató que el imputado ahora representado, tenía la edad de quince años, porque su abogado defensor presentó un certificado de nacimiento, donde se acreditaría su edad, por lo que remitió al mismo ante el Juez de Partido de la Niñez y Adolescencia, pero esta nueva autoridad no instaló la audiencia, siendo una prioridad, por ser menor de edad, detenida desde el 13 de mayo de 2011.

Refirió que, como a “la fecha no cuenta con una sentencia que haya adquirido la calidad de cosa juzgada, no puede cumplir una pena anticipada” (sic), por tanto se encontraría detenido, sin saber su situación jurídico legal; además, que desde su aprehensión “en celdas judiciales de La Paz” (sic), hay una incertidumbre sobre cuándo se le señalará audiencia para resolver su situación.