SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2121/2012
Fecha: 08-Nov-2012
II.4.
II.4. En la audiencia del 16 de mayo de 2011, se informó que las partes estaban notificadas, y con la palabra el Fiscal codemandado, señaló que el 14 del mes y año mencionados le presentaron un certificado de nacimiento, que es exhibido en audiencia por el abogado de Defensa Pública, que patrocinaba al accionante; por ello, el Fiscal al percatarse que el menor contaba con quince años, indicó a la Jueza que no le corresponde pronunciarse sobre la imputación formal ni las medidas cautelares, solicitando decline competencia ante el Juez de la Niñez y Adolescencia, posición a la que cual se allanaron los abogados de la parte querellante, de la defensa y de la Defensoría; pidiendo además, se remitan o los antecedentes a la Fiscal del menor; por su parte, el representante de la Defensoría, pidió que por dos días se dé la libertad al menor (fs. 27 a 28).
- acción de libertad
- I.1.1
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- El informalismo
- no es aplicable a los supuestos en los que menores de 16 años, considerados menores infractores, se vean involucrados en la presunta comisión de delitos, por cuanto en correspondencia con el régimen especial de protección y atención que el Estado y la sociedad deben garantizar a todo niño, niña y adolescente, éstos se hallan bajo la protección y regulación de las disposiciones del Código Niño, Niña y Adolescencia, cuyas normas son de orden público y de aplicación preferente; que a diferencia de las normas previstas por el Código de Procedimiento Penal, no existe un medio de impugnación expedito e inmediato contra las resoluciones que restrinjan la libertad del menor detenido; en cuyo mérito, corresponde ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada y determinar si la autoridad recurrida incurrió en los actos y omisiones denunciados de ilegales que afectan el derecho a la libertad
- III.3.1. Código de Procedimiento Penal
- III.3.2. Código del Niño Niña y Adolescente
- III.4. Análisis del caso concreto
- Sobre las actuaciones del Fiscal
- Sobre las actuaciones de la Jueza Segunda de Instrucción en lo Penal cautelar
- Sobre las actuaciones de la Jueza Segunda de Partido de la Niñez y Adolescencia en suplencia legal
- CONFIRMAR