SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2147/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2147/2012

Fecha: 08-Nov-2012

i)

En el mismo sentido, el codemandado, René Zambrana Espinoza, Juez Primero de Instrucción en lo Penal, en audiencia informó que: i) Del 25 al 27 de septiembre de 2012, no se encontraba ejerciendo las funciones de Juez cautelar del Distrito -hoy departamento- de Pando, debido a que estaba declarado en comisión para asistir a una audiencia a llevarse a cabo en La Paz, por lo que desconoce totalmente dichos extremos; y, ii) Conforme a la “doctrina los recursos constitucionales son recursos extraordinarios” y no quejas, y de acuerdo al art. 125 de la CPE, no existe procesamiento indebido, ya que la representada del ahora accionante, guarda detención preventiva, merced a una investigación penal iniciada en su contra, por lo que pide se niegue la tutela impetrada en relación a su autoridad.