Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2200/2012
Fecha: 08-Nov-2012
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
El accionante a través de su abogado, se ratificó en el tenor íntegro de la acción de amparo constitucional, y ampliándola manifestó que según la certificación obtenida de DD.RR., los predios están registrados a nombre de “La Promotora” conforme la certificación treintenal, y que la familia Eterovic “no tiene ni un metro cuadrado a su nombre” (sic), ratificando su petitorio.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.13.
- II.14.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. L
- III.2. Carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional
- I.
- II. Esta sub-inscripción sólo podrá hacerse con anuencia de las partes interesadas o por orden judicial.
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR