Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2200/2012
Fecha: 08-Nov-2012
II.8.
II.8. Certificaciones 451343 de 19 de octubre de 2010, de tradición y de propiedad 6 de junio de 2012, emitidos por la Subregistradora en suplencia legal y el Subregistrador de DD.RR., respectivamente, del registro de lotes de terrenos, ubicados en la zona de la Maica, Villa Busch, las cuales certifican que no se encontró los registros de los lotes 8 y 9 del manzano “A”, ya que no existe registro de algún fraccionamiento de los lotes comprados por “La Promotora”, registrado bajo la fs. 2507, partida 2651 del libro primero “B” de propiedad de la provincia Cercado Rural, registrado el 3 de octubre de 1986 (fs. 35 y vta., fs. 36, 38 y vta, y 39).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.13.
- II.14.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. L
- III.2. Carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional
- I.
- II. Esta sub-inscripción sólo podrá hacerse con anuencia de las partes interesadas o por orden judicial.
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR