SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2210/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2210/2012

Fecha: 08-Nov-2012

i)

El abogado apoderado de Ana Rosa Gareca, refirió: Se pretendió sustituir un recurso de casación con la acción de amparo constitucional, que en el tema de control de la legalidad debe cumplirse requisitos: i) Los criterios interpretativos incumplidos por el Juez; ii) Los principios o valores desconocidos en la interpretación; y, iii) Los derechos fundamentales lesionados con dicha interpretación arbitraria; lo que no se cumplió en la confusa demanda y en su propio análisis, confiesa sus carencias incurridas en su recurso de casación, aclarando que en la cita de normas constitucionales la accionante ha señalado la que no corresponde al caso, por lo que citó las dos peticiones de la accionante, indicó que no puede el Tribunal de garantías dictar un nuevo Auto de vista, porque no es su competencia, indicó que al accionar contra la ex Jueza de primera instancia, y la de segunda instancia, no planteó ninguna petición respecto de sus Resoluciones; de la segunda petición, indicó que es algo imposible por cuanto no puede ingresar al análisis de fondo, por ser competencia de los jueces de la jurisdicción ordinaria y al final argumentó sobre los hechos del proceso sumario ya concluido.