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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2225/2012
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2225/2012

    Fecha: 08-Nov-2012

    II.7.

    II.7.    A través de informe social TS-021/10 de 15 de enero de 2010, emitido por la Trabajadora Social de la Caja de Salud de Caminos y RA, se tiene que la situación médico social del trabajador Jhonny Gualberto Morales Flores, además de ser difícil, cuenta con un hijo, de un año de edad, que a su nacimiento presentó malformación congénita -pie equino varo bilateral-sub luxación congénita de cadera (fs. 15 a 16).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • concedió
    • II.1.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.9.
    • II.10.
    • II.11.
    • II.12.
    • II.13.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional y excepciones al principio de subsidiariedad
    • III.2.  Marco normativo de las personas con capacidades diferentes y sus derechos fundamentales
    • III.3.  Análisis en el caso concreto
    • 2º  CONCEDER

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