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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2227/2012
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2227/2012

    Fecha: 08-Nov-2012

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    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • “procedente”
    • a)
    • 1)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2
    • II.3.
    • II.4.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8
    • III.1. La identidad de sujetos, objeto y causa en la acción de amparo constitucional
    • “
    • III.2. Sobre la identidad parcial de sujetos en el amparo constitucional
    • ante la existencia de identidad parcial de sujetos; pero que el motivo (causa) y el propósito de la acción planteada sean idénticos a un caso que con anterioridad fue formulado y la Jurisdicción constitucional ya emitió un fallo resolviendo el fondo de la problemática planteada, resulta evidente que, sobre los hechos ilegales o indebidos que restringen o amenazan restringir derechos fundamentales o garantías constitucionales que se denuncian mediante la acción de amparo constitucional, ya existe pronunciamiento del juez o tribunal de garantías, no procede la interposición de una nueva, aclarando que esta causal sólo se activa si en la anterior acción de amparo constitucional formulada, el juez o tribunal de amparo se pronunció sobre el fondo de la problemática planteada
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • Fragmento 19
    • CONFIRMAR

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