Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2353/2012
Fecha: 16-Nov-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante considera que se vulneró su derecho al debido proceso, a la propiedad privada, de las personas adultas mayores, a una justicia pronta y oportuna, ya que para la emisión de la Sentencia dentro del proceso interdicto de recobrar la posesión, transcurrió un tiempo irrazonable y que no condice con la naturaleza de ese tipo de procesos, cuando todo juez está obligado a dictar una sentencia de forma rápida y oportuna, y toda vez que apeló de la referida Resolución, lo lógico era que en apelación se exprese que el interdicto es un procedimiento rápido, razón por la cual la Sentencia y el Auto de Vista carecen de una debida fundamentación.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- Milena Hurtado Apinaye, Jueza Primera de Instrucción en lo Civil de la ciudad de Cobija
- Pablo Aquiles Andia Mora
- i)
- denegó
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Estado
- Además de los derechos reconocidos en esta Constitución
- III.2. La duración razonable de un proceso y la exigencia de motivación como elementos del debido proceso
- motivación de las resoluciones
- y dentro de un plazo razonable
- 1)
- CONCEDER en parte