SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2353/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2353/2012

Fecha: 16-Nov-2012

Milena Hurtado Apinaye, Jueza Primera de Instrucción en lo Civil de la ciudad de Cobija

Milena Hurtado Apinaye, Jueza Primera de Instrucción en lo Civil de la ciudad de Cobija señaló: a) Dentro del proceso interdicto de recobrar la posesión presentado por Mirian Becerra Oliveira contra Reinaldo Endara y Jahel Avaroma, la demanda fue presentada el 24 de mayo de 2011, y admitida el 31 del mismo mes y año, en base a la prueba ofrecida se abrió el periodo de prueba de ocho días conforme establece el art. 609 del Código de Procedimiento Civil (Decreto ley 12760) (CPC); b) Recepcionadas las declaraciones testificales de cargo como de descargo, así como la confesión provocada e inspección judicial, se llegó a una conciliación el 5 de julio de 2011; c) El 5 de septiembre de 2011, la demandante presentó memorial solicitando se continúe con el proceso, petición que fue aceptada llegando a dictarse Sentencia el 16 de febrero de 2012; d) En este tipo de procesos se demanda la posesión y no el derecho propietario que tuviera la demandante, como refieren los arts. 607 al 614 del CPC; y, e) Asimismo hace referencia a la SCP 0078/2012 de 16 de abril, relativo a los requisitos que el accionante debió cumplir para que excepcionalmente la jurisdicción constitucional analice la facultad de interpretación de la legalidad ordinaria y la SC 0511/2011-R, ha establecido el procedimiento a llevarse a cabo en los procesos interdictos, pero no señala el término para emitir sentencia.