Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2372/2012
Fecha: 22-Nov-2012
a)
Solicita se conceda la tutela de amparo constitucional, disponiendo: a) Dejar sin efecto el Auto de Vista 26/2010 de 16 de septiembre dictada por las autoridades demandadas; y, b) Se emita nueva Resolución “con los fundamentos expuesto, declarando IMPROCEDENTE la apelación incidental interpuesto y manteniendo intacto la RESOLUCIÓN de la señora Jueza de Sentencia de la localidad de Llallagua donde se declara probada la EXCEPCIÓN DE LA ACCIÓN POR PRESCRIPCIÓN” (sic).
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derecho supuestamente vulnerado
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.2.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Prescripción de la acción en materia penal
- la doctrina también considera dentro de esta clasificación a los delitos instantáneos con efectos permanentes,
- Durante la tramitación de cualquier forma de antejuicio
- III.5. Análisis del caso concreto
- Materia penal
- el delito se consuma con el incumplimiento de los deberes propios del ex servidor público
- se identifica la celebración de juicio oral en el mes de junio de 2007
- actos irregulares que fue denunciado en primera instancia a la Inspectoría General del Ministerio Público, como trámite de antejuicio previsto en el art. 32 inc. 3) del CPP, transcurriendo
- concedido