Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2372/2012
Fecha: 22-Nov-2012
concedido
Por lo expuesto precedentemente, se concluye que el Tribunal de garantías, al haber concedido la tutela, no ha efectuado una adecuada compulsa de los antecedentes procesales, efectuando incorrecta aplicación de la Constitución Política del Estado, Ley del Tribunal Constitucional y jurisprudencia constitucional.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derecho supuestamente vulnerado
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.2.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Prescripción de la acción en materia penal
- la doctrina también considera dentro de esta clasificación a los delitos instantáneos con efectos permanentes,
- Durante la tramitación de cualquier forma de antejuicio
- III.5. Análisis del caso concreto
- Materia penal
- el delito se consuma con el incumplimiento de los deberes propios del ex servidor público
- se identifica la celebración de juicio oral en el mes de junio de 2007
- actos irregulares que fue denunciado en primera instancia a la Inspectoría General del Ministerio Público, como trámite de antejuicio previsto en el art. 32 inc. 3) del CPP, transcurriendo
- concedido