SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2503/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2503/2012

Fecha: 03-Dic-2012

Fragmento 18

          En el presente caso, el accionante denuncia la vulneración de su derecho a la libertad, al debido proceso, a la defensa y al derecho a la impugnación; toda vez que los Jueces codemandados rechazaron su solicitud de cesación a la detención preventiva, bajo el argumento de que al haber planteado recurso de casación contra el Auto de Vista que confirmó la sentencia condenatoria dictada en su contra, “significaría un acto dilatorio promovido por su persona” (sic), Resolución que impugnó, empero, el recurso de apelación incidental que interpuso fue declarado improcedente por los Vocales codemandados, quienes confirmaron la resolución pronunciada por el Tribunal a quo, sin considerar que el art. 239 inc. 3) del CPP, modificado por la Ley de Modificaciones al Sistema Procesal Penal, establecía que “al no pesar sentencia condenatoria debidamente ejecutoriada” (sic) en su contra y estar con detención preventiva por más de treinta y seis meses, procedía su petición de cesación, fallos que vulneran sus derechos y garantías constitucionales.