SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2503/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2503/2012

Fecha: 03-Dic-2012

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante denuncia la vulneración de su derecho a la libertad, toda vez, los Jueces demandados rechazaron su solicitud de cesación a la detención preventiva pesar de que el art. 239 inc. 3) del CPP, modificado por la Ley 007 de 18 de mayo, viabiliza la libertad de toda persona que se encuentre detenido preventivamente por más de treinta y seis meses sin que cuente con sentencia condenatoria debidamente ejecutoriada, bajo el argumento de que al haber planteado recurso de casación contra el Auto de Vista que confirmó la sentencia condenatoria dictada en su contra, significaría un acto dilatorio promovido por su persona; Resolución contra la que planteó recurso de apelación incidental y que fue confirmada por los Vocales codemandados, vulnerando sus derechos y garantías constitucionales, en particular su derecho a la impugnación. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes, a fin de conceder o denegar la tutela impetrada.