SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2514/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2514/2012

Fecha: 14-Dic-2012

denegó

La Jueza de Partido de Familia, Niñez y Adolescencia de Sacaba del departamento de Cochabamba, constituida en Jueza de garantías, por Resolución de 11 de octubre de 2012, cursante de fs. 36 a 37, por la cual denegó la tutela solicitada, con costas, con la aclaración que se salva los derechos del accionante a la vía que considere conveniente a sus intereses; con el argumento de que si bien el registro de derecho propietario adolece de defectos legales, empero, el art. 47 del DS 27957 de 24 de diciembre de 2004, establece que los documentos susceptibles de nulidad o anulabilidad deben ser declarados tales judicialmente en observancia del art. 546 del CC, lo que significa que las situaciones anómalas ocurridas en el Registro de DD.RR. no pueden ser subsanadas en la vía administrativa directamente por los Registradores, criterio legal que concuerda con el art. 80 del mismo Decreto Supremo, en sentido de que el Registro de Derechos Reales es el órgano de efectuar las anotaciones e inscripciones por mandato judicial, por lo que la Jueza Registradora demandada, al rechazar la corrección solicitada por el accionante procedió correctamente sin lesionar ningún derecho fundamental.