SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2514/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2514/2012

Fecha: 14-Dic-2012

II.4.

II.4. Según certificado de 1 de abril de 1996, expedido por la Jueza Subregistradora de DD.RR. de Cochabamba, Gladys Calvo de Torrez, en el documento suscrito el 22 de diciembre de 1980, reconocido ante el Juez de Mínima Cuantía, José Rojas el 16 de enero de 1981, el comprador Juan Nogales Morales, declara que la adquisición del bien inmueble, terreno ubicado en la zona “Puntiti” Comprensión de la provincia Chapare, con una extensión de 12.000 m2, que hizo de la vendedora Francisca Heredia de Vargas es “ficta y simulada” por no haber pagado precio alguno (fs. 8).