SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2514/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2514/2012

Fecha: 14-Dic-2012

II.2.

II.2. Mediante Resoluciones de 4 de agosto de 2011 (fs. 7) y de 12 de marzo de 2012, (fs. 5) Sandra Ivana Zárraga Colque, autoridad ahora demandada rechazó las solicitudes descritas en la Conclusión II.1, con los siguientes argumentos: 1) Falta de personería y legitimación activa con referencia al predio en cuestión, por no haber acreditado el interés legítimo sobre el inmueble cuyo registro peticionó su nulidad, incumpliendo con ello el art. 8 del DS 27957; 2) La nulidad o anulabilidad de todo contrato debe ser declarada judicialmente como dispone los arts. 546 del CC y 47 del Decreto Supremo citado; y, 3) Conforme lo dispuesto por el art. 80 del DS 27957, el Registro de Derechos Reales es el órgano encargado de efectuar a solicitud de parte, por disposición legal o por mandato judicial, todas las inscripciones y anotaciones a que se refieren la Ley de Inscripción de Derechos Reales y demás compilados.