Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2537/2012
Fecha: 14-Dic-2012
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Primera Especializada; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia y el art. 12.7 de la LTCP, en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 221/12 de 16 de octubre de 2012, cursante de fs. 186 a 190 vta., pronunciada por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca; y, en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la acción de amparo constitucional
- III.1.1. La acción de amparo constitucional en el Código Procesal Constitucional
- III.2.1. El derecho al debido proceso
- III.2.2. El derecho de petición
- III.2.3. El derecho al trabajo
- ”
- III.4. En cuanto a la debida motivación y fundamentación de las resoluciones
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR